15 Dic 2020
Cuando contratamos un plan de pensiones, la herramienta de previsión para el futuro, lo hacemos pensando en cómo vamos a complementar la pensión pública. Sin embargo, también debemos saber que existen una serie de beneficios fiscales que, a fecha del 1 de enero de 2021, van a cambiar. Nos referimos a la deducción en la base imponible del Impuesto de la Renta a las Personas Físicas (IRPF), que se produce con una aportación máxima de hasta 8.000 euros. La nueva normativa establece que este máximo se limitará hasta los 2.000 euros anuales.
El límite de 8.000 euros o del 30% de la suma de rendimientos netos del trabajo y actividades económicas suponía un aliciente muy interesante para decantarse por un plan de pensiones. Desde enero del año que viene, el ahorro se reducirá desde 3.600 euros hasta los 900 euros.
¿Quieres un ejemplo? María es una mujer que lleva años trabajando y ha conseguido un buen puesto, tributando el máximo del IRPF por sus rentas: el 45%. Con la fiscalidad de los 8.000 euros, el ahorro que obtendrá hasta el final de diciembre será de 3.600 euros, y si hubiera aportado 3.500, la deducción hubiera sido de 1.575 euros. Desde el 1 de enero de 2021, aportar 2.000 euros como máximo le reportará 900 euros.
Se acerca el 31 de diciembre, ¿qué tengo que hacer?
En el caso de que aún no lo tengas, comienza por contratar tu propio plan de pensiones. Solo tienes que buscar uno que se adapte a tu perfil y a tu edad basándote en un análisis previo de tu capacidad financiera y de previsión cuando vayas a alcanzar la jubilación. Para ello, puedes servirte de herramientas interesantes como el simulador para conocer la estimación de tu Pensión Pública y de las aportaciones que deberías realizar al plan para complementar la pensión.
Y si ya tienes tu plan de pensiones pero no sabes muy bien qué hacer, tal vez es buen momento para realizar una última aportación y llegar a los 8.000 euros, lo que te permitirá descontar 3.600 euros en la base imponible del IRPF para tu Declaración de la Renta hasta el final de año. Este año será el último en que puedas llegar a deducir esta cantidad, ya que a partir del 1 de enero de 2021 la cantidad máxima a reducir se limita a 2.000 € anuales.
Lo más cómodo para los clientes de un plan de pensiones es distribuir sus aportaciones a lo largo de todo el año y no en el último cuatrimestre del año, como demuestran los datos. De esta forma, tendrás más tiempo para implementar medidas de ahorro y te sentirás más desahogado para realizar las aportaciones con facilidad.
Los factores para elegir un buen plan de pensiones
Elegir un buen plan de pensiones no es una decisión fácil, porque entran en juego distintos factores como la edad o las posibilidades de ahorro de cada uno. Seguros RGA posibilita que los clientes de Caixa Popular puedan elegir entre distintos planes:
- Mayores de 56 años, cercanos a la jubilación. Los Planes de Renta Fija o con un porcentaje mínimo de variable son una opción excelente para las personas de esta franja de edad que necesitan una herramienta de previsión con el menor riesgo posible.
- Personas entre 41 y 55 años, donde pueden asumir algo más de riesgo pero sin excederse.
Los planes recomendados son de Renta Mixta, y llegan al 20% en activos de renta variable, con la posibilidad de elegir hasta un 75% en activos de renta variable en función de su interés y perfil de riesgo.
- Personas entre 20 y 40 años. Aquellos que hayan decidido buscar un buen complemento para la pensión pública del futuro, se encuentran con una variedad de Planes de Renta Variable adecuados para un riesgo moderado o arriesgado, como es el caso de las inversiones en el índice Eurostoxx 50 que realizan los Planes de Renta Variable Europea.
El momento del rescate. ¿Cuándo es el mejor momento?
Una de las dudas más frecuentes que aparecen es cómo debemos retirar el capital del plan de pensiones para no acusar la subida de impuestos que supone la consideración de los fondos como rendimientos del trabajo. En este caso, debemos pensar bien en la tributación del rescate, que puede realizarse diez años después de la primera aportación a través de supuestos como la invalidez permanente, una enfermedad grave o por desempleo de larga duración.
Hoy, es posible decidirse por varios modelos de rescate, como en capital, donde el cobro se produce de una sola vez, o en forma de renta para decidir la periodicidad del rescate. Finalmente, se encuentra la forma mixta, que combina las dos anteriores o la forma de renta vitalicia, en la que la aseguradora se queda con el capital y lo paga al partícipe a través de una renta que alcanza hasta su fallecimiento.
La principal ventaja a la hora de realizar este rescate es que no es necesario que se produzca en el momento de la jubilación. Una opción interesante consiste en continuar con las aportaciones, para disfrutar de los beneficios de la desgravación del IRPF en la Declaración de la Renta, hasta que sea necesario proceder a rescatar el dinero.
Escrito el 15 de Diciembre de 2020
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