31 Mar 2020
La moratoria hipotecaria consiste en el aplazamiento del pago de las cuotas de la hipoteca durante un periodo de tiempo. Debido a la pandemia del coronavirus COVID-19, en España se ha habilitado la posibilidad de solicitar una moratoria de hipoteca siempre que se cumplan una serie de requisitos. Desde Caixa Popular vamos a detallar cuáles son estos requerimientos y cómo se puede solicitar una moratoria de hipoteca.
Desde el 19 de marzo de 2020, los residentes en nuestro país que se encuentren en situación de vulnerabilidad por el coronavirus pueden solicitar una moratoria de las cuotas hipotecarias de su residencia habitual, según se detalla en el Real Decreto-ley 8/2020, de 17 de marzo, de medidas urgentes extraordinarias para hacer frente al impacto económico y social del COVID-19.
Requisitos necesarios para solicitar una moratoria de hipoteca
1. Las personas que soliciten la moratoria de hipoteca deben haber perdido su empleo o una parte sustancial de ingresos debido al coronavirus.
2. Los empresarios y autónomos deben haber registrado una pérdida de facturación de al menos un 40 por ciento.
3. El conjunto de los ingresos de los miembros de la unidad familiar no debe superar, en el mes anterior a la solicitud de la moratoria:
- Con carácter general, el límite de tres veces el Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples mensual (IPREM), lo que se traduce en 1.613,52 euros.
- Este límite se incrementará en 0,1 veces el IPREM por cada hijo a cargo en la unidad familiar. El incremento aplicable por hijo a cargo será de 0,15 veces el IPREM por cada hijo en el caso de unidad familiar monoparental.
- Este límite se incrementará en 0,1 veces el IPREM por cada persona mayor de 65 años miembro de la unidad familiar.
- En caso de que alguno de los miembros de la unidad familiar tenga declarada discapacidad superior al 33 por ciento, situación de dependencia o enfermedad que le incapacite acreditadamente de forma permanente para realizar una actividad laboral, el límite previsto será de cuatro veces el IPREM (2.151,36 euros al mes), sin perjuicio de los incrementos acumulados por hijo a cargo.
- En el caso de que el deudor hipotecario sea persona con parálisis cerebral, con enfermedad mental, o con discapacidad intelectual, con un grado de discapacidad reconocido igual o superior al 33 por ciento, o persona con discapacidad física o sensorial, con un grado de discapacidad reconocida igual o superior al 65 por ciento, así como en los casos de enfermedad grave que incapacite acreditadamente, a la persona o a su cuidador, para realizar una actividad laboral, el límite previsto será de cinco veces el IPREM (2.689,20 euros al mes).
4. La cuota hipotecaria, junto con los gastos y suministros básicos, debe ser superior o igual al 35 por ciento de los ingresos netos que perciba la unidad familiar.
5. La carga hipotecaria sobre la renta se vea multiplicada al menos por 1,3.
¿Cómo puedo solicitar una moratoria de hipoteca por la crisis COVID-19?
Si tu situación económica y familiar cumple con los requisitos establecidos en el Real Decreto 8/2020, se puede solicitar la aplicación a esta medida en tu entidad financiera.
Además de la solicitud de moratoria de hipoteca, será imprescindible presentar la siguiente documentación:
- Certificado expedido por la entidad gestora de las prestaciones de la Seguridad Social donde figure la cuantía mensual percibida en concepto de prestaciones o subsidios por desempleo.
- Los autónomos y empresarios que han cesado su actividad, certificado expedido por la Agencia Estatal de la Administración Tributaria o el órgano competente de la Comunidad Autónoma, en su caso, sobre la base de la declaración de cese de actividad declarada por el interesado.
- Para acreditar el número de personas que residen en la vivienda:
- Libro de familia o documento acreditativo de pareja de hecho.
- Certificado de empadronamiento relativo a las personas empadronadas en la vivienda, con referencia al momento de la presentación de los documentos acreditativos y a los seis meses anteriores.
- Declaración de discapacidad, de dependencia o de incapacidad permanente para realizar una actividad laboral.
- Titularidad de los bienes:
- Nota simple del servicio de índices del Registro de la Propiedad de todos los miembros de la unidad familiar.
- Escrituras de compraventa de la vivienda y de concesión del préstamo con garantía hipotecaria.
- Declaración responsable del deudor o deudores relativa al cumplimiento de los requisitos exigidos para considerarse sin recursos económicos suficientes.
Después de haber realizado la solicitud de moratoria hipotecaria, con la documentación comentada anteriormente, en un plazo de 15 días la entidad financiera procederá a su implementación. Es relevante que tengas en cuenta que durante el periodo de vigencia de la moratoria, la entidad financiera no podrá exigirte el pago de la cuota hipotecaria, ni de los conceptos que la conforman, como amortización de capital o pago de intereses, sin posibilidad de aplicar intereses por ello.
Escrito el 31 de Marzo de 2020
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